El cierre de la estación naval Roosevelt Roads
Análisis: su reversión a manos civiles
Alejandro Torres Rivera
CNH-NMI
1. En virtud de la Ley de Gastos de la Defensa de 2002, Ley Pública 107-107, el Congreso determinó fijar las condiciones para el cierre del Polígono Interno de Vieques y como parte del mismo y la terminación de los ejercicios de la Marina e Infantería de Marina. Se dispuso, además, la terminación de todas las operaciones de la Marina e Infantería de Marina en Vieques y el cierre de aquellas instalaciones y facilidades, que no fueran el Monte Pirata y el ROTHR, localizadas en la porción Oeste de Vieques. La Ley dispuso también, la terminación de todas las operaciones de la Marina e Infantería de Marina en la Estación Naval de Roosevelt Roads, "que se relacionen exclusivamente con el uso del Polígono de Entrenamiento en la isla de Vieques por parte de la Marina e Infantería de Marina..."
2. Mediante el documento de Evaluación Ambiental, preparado por la Marina de Guerra de Estados Unidos de noviembre de 2002, las organizaciones y actividades de apoyo logístico a los ejercicios militares que se efectuarían hasta el 1 de mayo de 2003 en el Polígono Interno de Vieques que se encontraban localizadas en, o dependientes directamente de la Base Naval de Roosevelt Roads, eran las siguientes:
a) Instalación de Entrenamiento en Armas para la Flota del Atlántico (AFWTF): En esta unidad se incluían 5 efectivos de la Jefatura del AFWTF, principalmente para la programación y coordinación de los ejercicios del VNTR ("Vieques Naval Training Range").
b) Unidad del Batallón de Construcción, Destacamento de Roosevelt Roads: En esta unidad se hacía referencia a un promedio de 9 ingenieros y técnicos militares para la preparación y mantenimiento de carreteras, verjas y otras facilidades.
c) Disposición de Municiones Explosivas, Unidad Móvil 2, Destacamento de Roosevelt Roads: Aquí se refería a la Unidad Móvil 2, la cual proporcionaba 6 técnicos militares para llevar a cabo la búsqueda en la superficie de las carreteras de explosivos y 6 técnicos adicionales para la escolta del personal de seguridad mientras se realizan los ejercicios.
d) Estación Naval de Roosevelt Roads: Aquí se mencionaban 7 cocineros militares y 6 empleados en el servicio de alimentos destinados al Campamento García; 10 bomberos civiles; 5 empleados civiles de apoyo en vías públicas y 12 puestos por contrato en el control de plagas y mantenimiento de terrenos.
e) Fuerzas de Seguridad Naval de la Estación Naval de Roosevelt Roads: Aquí se mencionaba 15 efectivos militares para actividades rutinarias. Durante los ejercicios, se asignaban 60 efectivos adicionales y 200 a 300 efectivos de seguridad de otras organizaciones del DOD y Alguaciles Federales.
3. El 28 de noviembre de 2002 el periódico El Nuevo Día reseñó unas declaraciones del Almirante Robert Natter, entonces Comandante de la Flota del Atlántico, señalando que al cabo de una ronda por varias instalaciones militares en Estados Unidos continentales, se estaba dejando a Vieques.
4. En la edición de El Nuevo Día de 6 de enero de 2003, se indica que el Secretario de la Marina tenía todo listo para certificarle al Presidente de Estados Unidos que tenían los lugares alternos de entrenamiento, lo suficientemente adecuados como para permitir el cierre del Polígono Interno de Vieques. En su edición de 9 de enero, el mismo periódico cita al Almirante Natter diciendo que la Flota del Atlántico podía entrenar adecuadamente sus tropas sin utilizar a Vieques.
5. El 10 de enero de 2003 el entonces Secretario de la Marina, Gordon England, escribió una Certificación al Portavoz de la Cámara de Representantes donde cumpliendo con el mandato de la Ley Pública 107-107, indica que "existen una o más facilidades de entrenamiento equivalente o superior al nivel provisto para las fuerzas de la Marina e Infantería de Marina en la Costa Este de Estados Unidos; que el Departamento de la Marina proveerá los recursos y atenderá los asuntos ambientales de dichas facilidades, de manera que estén en capacidad de apoyar inmediatamente tales entrenamientos una vez cesen los ejercicios militares en Vieques el 1 de mayo de 2003; y finalmente, que de conformidad con lo dispuesto en le Ley, también serán descontinuadas las operaciones de la Base Naval de Roosevelt Roads asociadas al desarrollo de dichos entrenamientos. La referida Certificación establece que el Jefe de Operaciones Navales y el Comandante en Jefe de la Infantería de Marina fueron consultados y que acompañan sus comentarios escritos con la Certificación.
Ese día, en un parte de Prensa Asociada, se cita al Almirante Natter diciendo: [S]in Vieques no hay modo de que yo necesite de Roosevelt Roads". Se le cita, además, diciendo que mantener a Roosevelt Roads, sería "una carga" para el Departamento de la Defensa y que una vez la Marina terminara sus entrenamientos de Vieques, todas las operaciones de Roosevelt Roads asociadas a esta isla-municipio cesarán también.
6. En la edición de El Nuevo Día de 16 de enero de 2003, se indica que el Gobierno de Puerto Rico se propone cabildear para evitar el cierre de Roosevelt Roads.
7. El 13 de febrero de 2003 el periódico El Nuevo Día menciona que para el próximo mes, la Flota del Atlántico comenzaría un proceso irreversible, con el objetivo de desmantelar las funciones militares en Roosevelt Roads, independientemente de las maniobras militares en Vieques. La noticia hace referencia a que Natter había determinado dejar inoperante el AFWTF, efectivo al 30 de septiembre de 2003; que había ordenado transferir a instalaciones militares en Estados Unidos las maniobras que se han desarrollado en el polígono electrónico, en los campos de tiro en aguas cercanas a Puerto Rico y bajo el mar para marzo de 2004; y que su intención es integrar todas esas funciones en la estrategia TRS ("Training Resources Strategy").
Se le cita en un documento de 7 de noviembre de 2002, indicando lo siguiente: "Pretendo perseguir cada oportunidad para reducir las operaciones y la infraestructura asociada con AFWTF, Vieques y las áreas operacionales de Puerto Rico, y nuevamente dirigir todos esos recursos para dar apoyo al entrenamiento de nuestras fuerzas a través del TRS."
8. El 6 de marzo de 2003 el Lic. Marcos A. Rigau hizo público un Memorándum Interno "No Clasificado", proveniente de una estructura de mando adscrita a la Flota del Atlántico, dirigido a una instancia operacional del AFWTF, sobre el "cese" de operaciones (desmantelamiento) del AFWTF. En el mismo se señalaba la fecha del 9 de marzo de 2003 como fecha para el inicio del cierre de operaciones del AFWTF. En aquel momento descartamos la hipótesis de un cierre a corto plazo de la Estación Naval de Roosevelt Roads por diferentes razones, entre ellas, que el cierre de una instalación militar tiene que circunscribirse a una determinación o acción congresional bajo el "Base Realigment and Closure Act ( Ley BRAC)", es decir, no cae dentro de la potestad absoluta de los mando militares.
Nunca hubiéramos concebido un proceso tan acelerado de desmantelamiento de infraestructura como la existente en Roosevelt Roads y el Área de Operaciones de Puerto Rico sin que previamente dicha infraestructura se hubiera desarrollado en otros lugares alternos. Los mecanismos de entrenamiento provistos mediante la estrategia TRS, conforme la misma fue definida, se diseñaron a 5 años a partir del 2003. Afortunadamente, en este aspecto nos equivocamos y prevaleció el criterio del Lic. Rigau.
9. Durante el proceso de discusión y aprobación de la Ley de Gastos de la Defensa de 2003, se dio un interesante debate en torno al posible o eventual cierre de Roosevelt Roads. En el mismo se planteó inicialmente por algunos sectores el cierre de la instalación y la venta en pública subasta de todas su infraestructura. Esta iniciativa fue promovida por el Congresista Jerry Lewis, republicano por California, impulsada por poderosos intereses económicos. Finalmente, como parte del proceso legislativo y luego de versiones distintas entre Cámara y Senado, zanjadas en el Comité de Conferencia, se acordó en el Informe de Conferencia el siguiente texto:
"Los conferenciantes incluyen una disposición general (sección 8132) que enmienda el lenguaje de la Cámara, dándole la directriz al Secretario de la Marina para el cierre de la Estación Naval de Roosevelt Roads, Puerto Rico. El cierre y disposición de la Estación Naval de Roosevelt Roads (ENRR) es un paso lógico en el proceso de relocalización de las actividades de otras facilidades a lo largo de las costas del Atlántico y el Golfo. Los conferenciantes reconocen el historial de servicios de alta calidad y apoyo brindados por el personal militar, empleados civiles, federales y contratistas locales en la ENRR. Los conferenciantes animan a la Marina para que tome en consideración un cuidado importante en el proceso de relocalización del personal militar y sus familias, en la asistencia de los empleados civiles, en su relocalización y, además, en los desarrollos de limpieza ambiental. Los conferenciantes animan vehemente al Departamento de la Marina a trabajar con el Departamento de Actividades Educativas del Departamento de la Defensa (DoDEA) para asigurar la operación de las escuelas para que completen el año escolar 2003-2004. La Ley que se acompaña establece un procedimiento para el cierre de la propiedad y la disposición está de acuerdo con la Ley de Cierre y Realineamiento de Bases de 1990."
10. El texto de la ley, en lo concerniente al cierre de Roosevelt Roads, fue el siguiente:
Sección 8132:
(a) Cierre de la Estación Naval de Roosevelt Roads: Independientemente de otra disposición en esta ley, el Secretario de la Marina cerrará la Estación Naval de Roosevelt Roads, Puerto Rico, no más tarde de 6 meses despúes de la aprobación de esta ley.
(b) Implantación: El cierre que se provee en la sub sección (a), y cualquier disposición sub siguiente, deberá ser llevada a cabo de acuerdo con los procedimientos y autoridades contenidas en la Ley de Cierre de Bases y Realineamiento. (Título XXIX de la Ley Pública 101–510, 10 USC, Sección 2687). (Énfasis suplido)
11. La Sección 2687 de la Ley BRAC, dispone lo siguiente:
Sección 2687: Cierre de Bases y Realineamientos
(a) Independientemente de lo dispuesto en otra ley, no se tomará acción para efectuar o implantar:
(1) El cierre de una instalación militar en la cual al menos se autorice el empleo de 300 empleados civiles;
(2) Cualquier realineamiento respecto a una instalación a la cual se refiera el párrafo (1) que involucre una reducción de más de mil personas o más del cincuenta por ciento (50%) del personal civil a la fecha en que el Secretario de la Defensa o el Secretario del Departamento militar concernido notifique al Congreso bajo la sub sección (b) de su plan para cerrar o realinear tal instalación;
(3) Cualquier construcción, conversión o rehabilitación de cualquier facilidad militar, que no sea aquella a la cual se refieren las cláusulas (1) y (2), que pudieran requerir la relocalización de personal civil a tal facilidad por razón de cualquier cierre o realineamiento a los cuales aplique las cláusulas (1) y (2);
a menos y hasta que las disposiciones de la sub sección (b) se cumplan.
(b) No se tomarán acciones descritas en la sub sección (a) respecto al cierre o realineamiento de cualquier instalación militar a no ser y hasta que:
(1) EL Secretario de la Defensa o el Secretario del departamento militar concernido notifique al Comité de Servicios Armados del Senado y al Comité de Servicios Armados de la Cámara de Representantes, como parte de la solicitud anual de autorización de apropiaciones ante dichos Comités, del propuesto cierre o realineamiento y se someta conjuntamente una evaluación de las consecuencias fiscales, impacto económico local, presupuesto, ambientales, estratégicas y operacionales del dicho cierre o realineamiento .
(2) Durante un período de 30 días de sesión legislativa o 60 días calendario, lo que sea mayor, a partir de la fecha de la notificación de evaluación a la cual refiere la cláusula (1) para someter la información a los referidos Comités, no se tomará acción alguna que haga irrevocable o pueda tener el efecto de implantar la determinación.
(c ) Esta Sección no será de aplicación al cierre de una instalación militar o su realineamiento respecto a dicha instalación, si el Presidente certifica al Congreso que tal cierre o realineamiento debe ser implantado por razones de seguridad militar o una emergencia militar.
(d)...
(1) Luego de la expiración del período de tiempo provisto por la sub sección (b) (2) respecto al cierre o realineamiento de una instalación, los fondos que de una manera estarían disponibles al Secretario para efectuar el cierre o realineamiento de la instalación podrán ser utilizados por éste para tales propósitos.
(2) Nada de lo dispuesto en esta sección restringe la autoridad del Secretario para obtener los servicios de arquitectos o ingenieros que se contemplen en la Sección 2807 de este Título.
(e) En esta Sección:
(1) El término "instalación militar" significa una base, un campamento, un puesto, una estación, un patio, un centro, una facilidad portuaria para cualquier tipo de buque o cualquier otra actividad bajo la jurisdicción del Departamento de la Defensa, incluyendo facilidades arrendadas, localizadas en cualquiera de los estados de la Unión, el Distrito de Columbia, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Samoa americana, las Islas Vírgenes, o Guam. Dicho término no incluye cualquier facilidad utilizada principalmente para trabajos civiles, ríos y obras en bahías o control de inundaciones.
(2) El término "personal civil" significa personal civil directamente empleado por el Departamento de la Defensa.
(3) El término "realineamiento" incluye cualquier acción que reduzca o relocalice a personal civil y militar en sus funciones, pero no incluye una reducción en la fuerza como resultado de ajuste en la fuerza de trabajo, reducción de personal por razones presupuestarias, destrezas o causas similares.
(4) El término "días de sesión legislativa' significa los días en que el Congreso está en sesión.
12. Bajo la Ley BRAC, una vez la instalación está sujeta al proceso de cierre, como sería el caso de Roosevelt Roads, el Gobierno Federal ejerce la primera opción en la determinación de aquellos terrenos o infraestructura existente en la instalación que interese retener. Una vez hecha tal determinación, las autoridades estatales y locales ejercerían sus opciones, conforme a una propuesta de desarrollo que sometan. Los restantes terrenos e infraestructura, estarían sujetas a venta en pública subasta, de cuyos ingresos, el 60% iría al Gobierno Federal y el 40% al Gobierno Estatal.
En el proceso de cierre y reutilización de las facilidades existentes, la Ley requiere del Departamento militar concernido y de las autoridades locales, actuando a través de un ente denominado en inglés "Local Redevelopment Authority" (LRA) o "Autoridad de Redesarrollo Local" un "Plan de RedesEste ascenso decreciente tiene un punto máximo en la huelga de 1973.
Huelga de Octubre
La huelga de octubre vino a confirmar el análisis elaborado sobre la necesidad de una Nueva Ley. Al mismo tiempo confirmo una constante de la lucha estudiantil en Puerto Rico: las movilizaciones que han afectado la stabilidad universitaria tal y como la entienden los administradores no han sido el producto de issues puramente estudiantiles; por el contrario, ha sido issues caracterizados por su estrecha relación con aspectos del ámbito nacional Obviamente, la relación es dialéctica. Los problemas nacionales inciden sobre la Universidad adquiriendo distintas formas y estas formas, a su vez, repercuten sobre la problemática del pais.
El movimiento huelgario desarrollado por los estudiantes fue la conjunción de dos circunstancias: el burdo descabezamiento de la Universidad dirigido por el Partido Popular y la huelga de los empleados exentos no docentes. De nuevo, la relación entre ambas huelgas sin que los trabajadores paralizaran sus funciones. Y a estos se les hubiese hecho todavía más difícil desarrollar su movimiento sin que aquellos paralizaran la Universidad.
Durante esta coyuntura la comunidad universitaria a nivel nacional se encontraba en una posición de fuerza. En un inicio el Consejo de Educación Superior era criticado en la prensa por su ineptitud; el gobierno quería evitar un confrontamiento y el estudiantado progresista aprovechaba la situación para expresar sus demandas: la aprobación de una Nueva Ley, participación en la reorganización de la Guardia Universitaria y participación en la elección de los administradores.
No obstante, la táctica de desgaste seguida por el gobierno brindó sus resultados. En las postrimerías de la huelga ni ellos podían tolerar que la Universidad permaneciera cerrada ni nosotros - estudiantes y trabajadores - podíamos resistir por mucho tiempo más. La posibilidad de que la Universidad se abriera y continuara sin mucho esfuerzo sus funciones era una posibilidad demasiado cercana para pasarla por alto. La solución a tal dilema fue airosa. Los trabajadores lograron parte de sus aumentos. Los estudiantes lograron la creación de una Comisión Especial que estudiaría las demandas apuntadas y la inmunidad para los huelguistas como forma de evitar represalias posteriores.
Una vez se entra a estudiar la efervescencia que caracterizo el principio de la huelga empezó a decaer. No podía ser de otra forma cuando ya a las tres semanas de iniciado el movimiento, la agitación - y no hablemos de la masividad- acusaba serios signos de debilidad. Aun asi, la FUPI, que sin lugar a dudas fue la organización que más contribuyo al proceso huelgario y que mejor fortalecida salió del mismo, aplico su inmutable esquema: la lucha iba en ascenso y, por tanto, era necesario escalonar las acciones del estudiantado. En sus propias palabras: "Lo que nos asegurara la efectividad de los triunfos alcanzados es la organización y el escalonamiento de la lucha dentro del Recinto." (30)
Como era de esperarse, el CES, sintiendo pisar terreno firme, se dedico a violar los acuerdos de la huelga. La comisión Especial sometió una propuesta provisional de consulta para escoger los rectores y fue rechazada de plano. El objetivo de los administradores era claro: utilizar el mecanismo tradicional de farsas amanadas donde el Presidente y el CES tienen siempre la ultima palabra aun para escoger candidatos. Repudiados en la propia consulta. El 26 de febrero de 1974, culminando esa farsa, nombraron a Ismael Rodríguez Bou como Rector del Recinto de Rio Piedras. La respuesta de la FUPI - que para aquel entonces dirigía la lucha estudiantil - no se hizo esperar: orquestaron e iniciaron su campaña de Cero Administradores Impuestos.
El cielo no se toma por asalto
"...Ya los estudiantes universitarios no permitiremos administradores impuestos. El poder estudiantil se consolida y avanza por encima de todos los obstáculos de los 'parásitos' de la educación superior al servicio del partido colonial de turno".
José Rafael Coss
Presidente Nacional FUPI - 1973
(Poder Estudiantil, octubre 1973, p.5)
Con esta respuesta se añadiría una variable más al caldeado ambiente nacional. Un mes antes, el 15 de enero, se anunciaba la reducción del fondo general del ELA en 80 millones lo que implicaba la implantación de medidas de austeridad sobre los hombros de los trabajadores. El 1ero de febrero se había decretado la huelga de maestros paralizando parcialmente el sistema de instrucción publica y sufriendo la represión del gobierno. Para el 14 de febrero la asociación de Detallistas de Gasolina desarrollaba un paro de 48 horas con graves repercusiones sobre la transportación publica. La colonia no respiraba tranquilidad. Ante la actividad de la FUPI Hernández Colón fue categórico: "respetaba" la autonomía universitaria pero actuaría "con firmeza" para mantener el orden institucional.
Las premisas que orientaban la campaña de Cero Administradores Impuestos eran cuatro:
1. "La unidad estudiantil a nivel del Recinto y a nivel nacional,
2. la unidad en la acción entre estudiantes, profesores y trabajadores,
3. la capacidad organizativa desplegada por el estudiantado, y,
4. la disposición de luchar combativamente hasta lograr nuestras justas demandas" (31)
El problema con las mismas, sin embargo, era muy sencillo: ninguna se ajustaba a la realidad de la lucha universitaria en el momento en que fueron consignadas. EL mito de siempre, el ascenso lineal, seguía manifestándose. La vanguardia confundía su realidad con la del contexto social en que estaba inmersa. Craso error.
Posteriormente, los compañeros tendrían que decir: "Esta experiencia debe servirnos de base para que cuando tracemos nuevas perspectivas de lucha lo hagamos sobre las bases de un conocimiento certero de la realidad." (32) Y en otro documento precisaron:
"Estas apreciaciones incorrectas del momento histórico, junto a una marcada inflexibilidad táctica, llevan a nuestra organización y al movimiento estudiantil a una serie de encerronas políticas y callejones sin salida"
"Vemos como luego de innumerables movilizaciones, protestas, y actividades del movimiento estudiantil, el gobierno se sale con la suya, imponiéndose descaradamente los rectores en los diferentes recintos. En esos momentos en que se requería una reevaluación de nuestras posiciones y su adaptación a las condiciones objetivas, no se tuvo tal flexibilidad. Aun más, se recurrió a acciones hasta cierto punto desesperadas, tales como el Interdicto Estudiantil que pretendía impedir y obstaculizar el funcionamiento del rector con miras a que este se sometiera a un proceso de consulta democrática. Se creo la visión en el estudiantado de que bajo ninguna circunstancia se iba a transar con la imposición del Rector y que incluso este no iba a poder entrar al Recinto" (33)
Estos señalamientos pueden ser correctos pero ameritan un comentario indispensable. No puede escapar el hecho de que fueron expuestos a nivel interno. En cuanto a la proyección externa ya era otro cantar. En su boletín del 22 de mayo de 1974 circulado en el Recinto de Rio Piedras, la FUP se limita a decir que la campaña de Cero Administradores Impuestos había servido para "sentar" un precedente en la lucha estudiantil. Un año después rememorando en cierto sentido la campana, decían que se había demostrado " la determinación del estudiantado de adelantar sus objetivos de participación estudiantil y la lucha por una reforma universitaria general, aun en los momentos más difíciles. " (34)
Por su parte, la administración de Rodríguez Bou no espero mucho para pasar a la contraofensiva. En un principio el Rector cultivó la imagen de ser un educador "victima" de los "embarra paredes" de la FUPI. Pero pronto los papeles se trastocaron y se presento entonces como el educador serio, apolítico, firme, que iba a defender los intereses de la comunidad universitaria. Sin ningún miramiento suspendió a cuatro dirigentes estudiantiles, incluyendo al Presidente Nacional de la FUPI, compañero José Rafael Coss. El repliegue, que al parecer no se había considerado al planificarse la campaña, estaba sobre el tapete. No había más que buscar. "...no señalábamos la posibilidad de que en un momento difícil, de abierta represión podía darse la posibilidad de que tuviéramos que replegarnos. No cabe duda que la indignación que sentimos al ser impuesto el Rector determino bastante esa actitud. " (35)
En cierto modo, la suspensión de su Presidente fue una tabla de salvación, una salida airosa para la FUPI. La atención y los énfasis empiezan a deslizarse. Los boletines que tiran van dejando a n lado la campaña y empiezan a denunciar la represión. Los papeles habían cambiado. La "victima", ahora, era la FUPI. Sigue la represión. Suspenden cerca de 80 profesores de todo el sistema universitario. Sigue el deslizamiento. La campaña se había extinguido.
Consideremos, no obstante, varias objeciones de rigor. Es posible que la debacle de la campaña haya llevado a conclusiones precipitadas y no debe ser asi. Los fracasos no siempre son sinónimos de incorrección como tampoco los éxitos implican obligatoriamente, posiciones políticas acertadas.
Uno de los frutos más provechosos de la huelga fue la creación de los Comités Pro Reforma en el principal centro docente. Eran organismos amplios cuyas tareas durante el proceso huelgario - propaganda, finanzas, etc. - se reorientaron al finalizar aquel hacia los problemas de facultad y hacia reivindicaciones generales del estudiantado como la participación y la lucha contra la mediocridad. Aunque podían trabajar con los Consejos no dependían de estos. Al contrario: tenían una Comisión Coordinadora compuesta por representantes de los distintos Comités y de las organizaciones políticas. Esta particularidad de no estar limitados por las ataduras institucionales a que estan sujetos los Consejos les brindaba mayor campo de acción. Sobre esta base, los opositores a ala campaña de la FUPI - específicamente la Unión de Juventudes Socialistas y la Juventud Independentista Universitaria argumentaron que dichos Comités eran el germen de un poderoso movimiento de masas y que la prioridad era una sola: aunar esfuerzos para exigir una Nueva Ley.
Hoy es imprescindible un ajuste de cuentas. Hoy debemos calibrar las limitaciones de tales argumentos. Calibrar, y hacerlo no como un ejercicio para curarse en salud sino como un proceso obligado para recapitular, corregir deficiencias analíticas y afinar concepciones de lucha.
Los Comités Pro Reforma no tenían la amplitud invocada. En realidad, aglutinaban a los miembros de las organizaciones políticas y a algunos no afiliados. La integración de estudiantes no independentistas fue rarísima por no decir inexistente. Nadie debía extrañarse ante tal situación. La función de los CPR estaba circunscrita a tareas puramente estudiantiles. Y, por lo general, del trabajo que estas requieren siempre es cumplido por los elementos más avanzados, es decir, por los independentistas y socialistas, estén o no afiliados. Pretender crear un movimiento de masas sobre la base de esas tareas era, sencillamente eso: pretensión. Y quizás mas: ilusionismo.
Por otro lado, exigir una Nueva Ley para una Universidad que empezaba a funcionar en forma más o menos estable era rendir pleitesía a la inutilidad. Es en ese aspecto, no en otro, que cabe merito a la campaña de la FUPI. Su lucha contra la imposición de un administrador era una lucha concreta de fácil comprensión (aunque no implicase movilización) par ala inmensa mayoría del estudiantado. No asi la Nueva Ley que era concebida en un plano etéreo. Su denuncia sobre la violación de unos acuerdos era otra manifestación especifica de la crisis universitaria, crisis que había llevado a sus administradores a mentir descaradamente. Su militante exigencia de que el Rector contara con el respaldo de la comunidad universitaria ponía de relieve la crasa antidemocracia que permea la educación superior. En fin, su campaña no hacia otra cosa que contribuir al proceso que ya hemos señalado: desgajar una estabilidad aparente y demostrar la contradicción real. No asi la Nueva Ley.
Pero entonces se argumentaba que la lucha debía centrarse contra las estructuras, no contra las personas que las representan, y que tal campaña llevaba a una encerrona. Lo primero ya nos parece un bizantinismo. Las estructuras sociales nunca han cambiado por fiat sino a fuerza de eliminar los sujetos que las encarnan o mediante la creación de condiciones que pongan en precario los privilegios que dichos sujetos detentan. Nunca y lo repetimos: nunca, ha ocurrido una lucha social donde tal dicotomía no conlleve otra cosa que no sea la ridiculez teórica y la inmovilidad practica. Estructuras, sujetos. Separarlos en un análisis es perfectamente valido. Separarlos en la algidez de una contienda es el
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